Para obtener la licencia de conducir en Chile, hay una serie de requisitos y exámenes que debes aprobar, todos establecidos en la Ley de Tránsito. Entre los requisitos, se encuentran los siguientes:
Si no cumples con lo requerido, entonces tu licencia de conducir será rechazada, aunque en algunos casos podrás postular nuevamente.
A continuación, te explicamos en qué consiste el examen médico para obtener la licencia de conducir, qué pasa si no lo apruebas y cómo apelar para que te examinen de nuevo.
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El examen médico para obtener la licencia de conducir en Chile consiste en una cita en la que serás entrevista y examinado, en la que si todo sale bien, obtendrás un certificado expedido por el médico del Departamento de Tránsito y Transporte Público Municipal respectivo.
A su vez, el médico tiene la facultad para solicitar exámenes especiales a modo de determinar la aptitud física del postulante a la licencia de conducir.
Esta cita aplica tanto para la obtención de la licencia por primera vez como para su control y renovación.
En el Decreto 170, que se trata del “Reglamento para el otorgamiento de licencias de conductor”, se establecen todas las especificaciones en cuanto a los requisitos que deben cumplir los postulantes para obtener sus licencias de conducir.
Ante ello, en el Artículo 3, se indica que las siguientes alteraciones físicas y psíquicas son consideradas carentes de aptitudes para conducir vehículos motorizados:
Además de tener o no ciertas enfermedades o condiciones que el médico revisará en la cita para obtener la licencia de conducir, existen los exámenes sensométrico (físico) y psicométrico (psicológico).
Los siguientes son los exámenes y las normas de aprobación por los que pasarás según el tipo de licencia de conducir a la que postulas:
Examen sensométrico | Norma de aprobación |
---|---|
Agudeza visual | 0.6 o más binocular, con ambos ojos a la vez. Y si solo tienes visión en un ojo, este debe poseer una agudeza visual de al menos 0.7. Se acepta la agudeza visual corregida. |
Perimetría | Campo visual igual o superior a 120 grados en el plano horizontal en medición binocular, o con el mejor o único ojo en visión monocular. |
Visión de profundidad | 3 aciertos o más en 5 pruebas de instrumento, o 60% de aciertos en las figuras de la lámina de estereopsis. |
Visión nocturna | Capacidad para distinguir figuras con valores de 35 o menos candelas (cd) de iluminación, en escala de 0 a 100 cd. |
Encandilamiento | Capacidad para distinguir figuras con valores de 45 o menos candelas (cd) de iluminación, en escala de 0 a 100 cd. |
Recuperación al encandilamiento | Máximo 5 segundos para recuperarse. |
Visión de colores | Reconocer permanentemente los colores rojo, verde y amarillo. |
Audiometría | Mínimo un promedio de 80 decibeles o menos, en las frecuencias de 500, 1.000 y 2.000 ciclos por segundo. De no aprobar esta norma, se considera como deficiencia no grave. |
Examen sensométrico | Norma de aprobación |
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Agudeza visual | Visión en ambos ojos 0.8 o más con la mejor corrección. |
Perimetría | Campo visual igual o superior a 70 grados para cada ojo en posición de mirada derecha al frente. |
Visión de profundidad | 4 aciertos en 5 pruebas al profundidad visualizar objetos, o bien 4 aciertos en 5 pruebas al alinear los objetos en el mismo plano horizontal, o un 80% de aciertos en las figuras de la lámina de estereopsis. |
Visión nocturna | Capacidad para distinguir figuras con valores de 35 o menos candelas (cd) de iluminación, en escala de 0 a 100 cd. |
Encandilamiento | Capacidad para distinguir figuras con valores de 45 o menos candelas (cd) de iluminación, en escala de 0 a 100 cd. |
Recuperación al encandilamiento | Máximo 5 segundos para recuperarse. |
Visión de colores | Reconocer permanentemente los colores rojo, verde y amarillo. |
Audiometría | A1, A2 y A3: Mínimo un promedio de 40 decibeles (db). A4, A5, C y F: Audición mínima un promedio de 80 db. |
Examen sensométrico | Norma de aprobación |
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Examen sensométrico | 0.5 o más binocular, con ambos ojos a la vez. Si se tiene visión en un solo ojo, se debe poseer una agudeza visual de al menos 0.6. Se acepta la agudeza visual corregida. |
Audiometría | Una audición mínima, que permita al postulante relacionarse con el médico examinador. |
Examen psicométrico | Norma de aprobación |
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Tipos de reacción | 0.43 segundos o menos, como promedio, en un mínimo de 10 estímulos (reactímetro simple); o 6.20 segundos o menos como tiempo acumulado en 15 estímulos (reactímetro compuesto). |
Coordinación motriz | Test punteado electrónico: 76 aciertos, como mínimo, en un ciclo de 100 puntos. Test punteado electromecánico: No inferior a 24 puntos positivos, 23 errores y un tiempo de permanencia positivo de 4 segundos, a 30 revoluciones por minuto durante 30 segundos. Test de manivela y palanca: Igual o menos de 161 errores y 28 segundos de duración de los errores en un tiempo igual a 4.5 minutos como máximo. Test de palanca: Igual o menos de 12 errores y 5 segundos de duración de los errores, en 60 segundos de duración del examen. |
Sí, aprobar el examen médico para obtener la licencia de conducir es un requisito obligatorio.
De acuerdo con el Artículo 22 de la Ley de Tránsito, “no se otorgará licencia de conductor a quien carezca de aptitudes físicas o psíquicas que lo habiliten para conducir un vehículo motorizado o hagan peligrosa su conducción”.
En caso de que seas reprobado en el examen médico para obtener la licencia de conducir, puedes apelar y pedir que se te efectúe un nuevo examen. Si este examen resultara positivo, prevalecerá sobre el anterior.
Para realizar esta apelación, debes cumplir con algunos requisitos y seguir ciertos pasos:
Para consultas, puedes llamar a los siguientes números:
Las siguientes son las oficinas del Servicio Médico Legal distribuidas en todo el país para que puedas apelar tu examen médico:
Oficina | Dirección | Teléfono |
---|---|---|
Melipilla | Av. La Concepción Nº 1415, Prov. Santiago | (02) 8313496 |
Instituto Dr. Carlos Ybar | Teatinos Nº 240, Santiago | (02) 8929304 |
Alameda | Av. Libertador Bernardo O'Higgins Nº 1583, Santiago | (02) 8929500 |
Arica | Lastarria Nº 1001 | (58) 231594 |
Iquique | O'Higgins 2210 | (57) 413925 |
Antofagasta | 21 de mayo Nº 1320 | (55) 286649 - 498648 |
Calama | Carlos Cisternas Nº 3749 | (55) 310695 |
Copiapó | Sofía Bermedo s/n | (52) 214821 |
Vallenar | Av. Malta Nº 615 | (51) 612552 |
La Serena | Colo Colo Nº 2001 | (51) 219488 |
Illapel | Av. Cuz Cuz Nº 150, Villa San Rafael | (53) 514315 |
Ovalle | Av. La Paz 1150 | (53) 622890 |
Valparaíso | Orella Nº 954 | (32) 2217023 |
Quillota | La Concepción Nº 1050 | (33) 312456 |
San Antonio | Lucía Subercaseaux Nº185 | (35) 212080 |
San Felipe | Calle Padre Hurtado Nº 1800 | (34) 515828 |
Rancagua | Río Loco Nº 37 | (72) 226400 |
San Fernando | Negrete Nº 1492 | (72) 716493 |
Talca | 13 Oriente Nº 1147 | (71) 243111 - 287894 |
Parral | Pablo Neruda Nº 1465 | (73) 464941 |
Curicó | Av. Manso de Velasco km 190,8 ruta 5 | (75) 318696 |
Cauquenes | Bulnes Nº 1006 | (73) 514860 |
Linares | Prolongación Eleuterio Ramirez Nº 1288 | (73) 213785 |
Constitución | Calle Hospital Nº 200 | (71) 671462 |
Concepción | Camino a Penco Nº 4018 | (41) 2290634 |
Los Angeles | Av. Las Industrias Nº 1465 | (43) 341646 - 341926 |
Chillán | Bernardo O'Higgins Nº 1675 | (42) 221286 - 212261 |
Temuco | Antonio Varas Nº 202 | (45) 799901 - 902 - 903 - 904 |
Nueva Imperial | Av. Los Alerces Nº 2215 km 1 | (45) 613401 |
Angol | Los Confines Nº 786 | (45) 715232 |
Valdivia | Av. Ramón Picartre Nº 2442 | (63) 313400 |
Puerto Montt | Deber Cumplido Nº 240 | (64) 255511 - 250018 |
Osorno | Angulo Nº 435 | (64) 231366 - 222061 |
Ancud | Cerro 74 Villa Las Araucarias | (65) 627077 |
Coyhaique | 12 de Octubre Nº 288, oficina 206, 207 | (67) 236309 - 236310 |
Puerto Aysén | Circunvalación s/n Rivera Sur | (67) 336305 |
Punta Arenas | Lautaro Navarro Nº 170 | (61) 247011 |
Puerto Natales | Av. Carlos Ibañez Nº 1710 | (61) 415865 |
Si no eres apto según el examen médico de la licencia de conducir, entonces no podrás obtenerla y, por lo tanto, no podrás conducir.
Si tienes una discapacidad física que no te permite contar con las facultades necesarias para conducir de forma segura, entonces no aprobarás el examen médico para obtener la licencia de conducir.
Y en caso de que ya hayas obtenido tu licencia de conducir, el Juez de Policía Local tiene la facultad para ordenar que se efectúe un nuevo control de licencia antes del plazo establecido.
Si en este control de la licencia de conducir, se determina que estás incapacitado para conducir, entonces tu licencia de conducir será suspendida o cancelada.
Los postulantes a la licencia de conducir no profesional clase B y C que presenten un informe del médico tratante que certifique, acompañado de los exámenes correspondientes, que la deficiencia está compensada, podrán obtener una licencia de conducir restringida.
Una licencia de conducir restringida puede habilitar a una persona a conducir un determinado vehículo, o solo en horarios o áreas geográficas determinadas.
De igual forma, si la persona tiene deformaciones físicas que se superen con adaptaciones especiales fijas del auto que la habiliten para conducirlo de forma segura, podrá obtener una licencia restringida para conducir únicamente dicho auto.
Así también, en caso de no cumplir con las exigencias de los exámenes sensométrico y psicométrico, en casos calificados y siempre que la deficiencia no sea grave, se puede obtener una licencia de conducir con restricciones. Por ejemplo, que la persona solo pueda conducir con lentes ópticos.
Actualmente, se discute un proyecto de ley en Congreso para exigir un certificado médico que acredite estar en buenas condiciones de salud a todas las personas que quieran ontener o renovar su licencia de conducir.
Si el proyecto se convierte en Ley, te estaremos contando las actualizaciones.
Conoce los antecedentes legales y mecánicos de un auto usado antes de comprarlo, como si tiene limitaciones al dominio, deudas TAG o infracciones sin pagar.