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Restricciones en la licencia de conducir: ¿Cuáles son?

Para obtener una licencia de conducir debes cumplir con ciertos requisitos y aprobar varios exámenes, con ello, existen ocasiones en que puedes tener una licencia de conducir restringida. En el post, te contamos cuáles pueden ser estas restricciones.

¿Por qué razones podrían no otorgarme la licencia de conducir?

De acuerdo con la Ley de Tránsito, toda persona, para poder conducir un vehículo, debe contar con una licencia de conducir otorgada por una autoridad competente. 

Y como la conducción se trata de un acto complejo que no debe tomarse a la ligera, existen varias restricciones en la licencia de conducir, sumado a varios requisitos para poder obtenerla.

Si no cumples con estos requisitos generales para todos los tipos de licencia, no se te podrá otorgar una licencia de conducir:

  • Tener tu cédula de identidad o de extranjería vigente.
  • Acreditar tu idoneidad moral, física y psíquica.
  • Acreditar tus conocimientos prácticos de conducción, y teóricos en cuanto a la conducción misma y las normas de tránsito.
  • Acreditar, por medio de una declaración jurada, que no eres consumidor de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas que alteren o modifiquen las capacidades físicas y/o psíquicas.

Y ahora, los requisitos específicos, además de los ya mencionados, para cada tipo de licencia, sin los cuales no se puede obtener:

Licencia profesional

  • Tener mínimo 20 años de edad.
  • Tener licencia clase B durante 2 años.
  • Aprobar cursos teóricos y prácticos que impartan las escuelas de conductores profesionales.
  • En caso de la Clase A3, acreditar haber estado en posesión, durante mínimo dos años, de la Licencia Clase A2 o A1. 
  • En caso de la Clase A5, acreditar haber estado en posesión, durante mínimo dos años, de la Licencia Clase A4.

Licencia no profesional clase B

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Si tienes 17 años, también puedes tenerla, pero habiendo aprobado un curso en una Escuela de Conductores y contando con la autorización de los padres o tutores legales. 

Licencia no profesional clase C

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Ser egresado de enseñanza básica.

Licencia especial clase D

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Saber leer y escribir.
  • Acreditar conocimientos y práctica en el manejo de los vehículos o maquinarias especiales de que se trate.

Licencia especial clase E

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Saber leer y escribir. Aunque se puede eximir de este requisito quien apruebe un examen especial.

Licencia especial clase F

  • Tener como mínimo 18 años de edad.
  • Aprobar los respectivos cursos institucionales.

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¿Cómo se acredita que puedes tener una licencia de conducir?

Como ya te explicamos, entre los requisitos que toda persona debe cumplir para obtener una licencia de conducir se encuentran la acreditación de su idoneidad moral, física y psíquica, junto con conocimientos teóricos y prácticos sobre conducción. Si no cumples con ello, pueden transformarse en restricciones en la licencia de conducir.

Idoneidad moral

La idoneidad moral es calificada por el Director del Departamento de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad en la que se solicita la licencia de conducir, tomando en cuenta el Informe de Antecedentes del Registro Civil, y el Informe del Registro Nacional de Conductores con fecha de emisión no anterior a 30 días.

Así, se debe constar que el solicitante no tiene suspensión o inhabilidad para conducir vehículos, ni que se le ha denegado con anterioridad la licencia.

Además, se deben considerar las condenas que se registren en cuanto a las siguientes causas:

  1. Por infracción a la ley 17.105  sobre Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, y a la ley 20.000 sobre el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.
  2. Por delitos o cuasidelitos en los que haya utilizado un vehículo.
  3. Por delitos contra el orden de la familia, la moralidad pública, las personas, la propiedad y contra el orden o la seguridad pública.
  4. Por el delito de conducir con una licencia falsa o perteneciente a otra persona.
  5. Por conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes.
  6. Por haber sido condenado como autor de cuasidelito de homicidio o de lesiones al conducir un vehículo.
  7. Por huir luego de protagonizar un accidente de tránsito.
  8. Por haber facilitado su licencia a otra persona para conducir.
  9. Por haber obtenido la licencia de conducir por medio de un engaño.
  10. Por conducir un vehículo para cuya conducción se requiera un tipo de licencia que no ha obtenido.
  11. Por conducir sin haber obtenido la licencia de conducir.

Idoneidad física y psíquica

La idoneidad física y psíquica se acreditan por medio de un certificado expendido por el médico del Departamento de Tránsito y Transporte Público.

Así, las personas consideradas carentes de aptitudes para conducir son las que presentan las siguientes alteraciones físicas y psíquicas:

  1. Todas las enfermedades que produzcan crisis de compromiso de conciencia.
  2. Enfermedades que produzcan movimientos involuntarios o una capacidad de efectuar movimientos voluntarios que impidan actuar con rapidez y precisión en la conducción, manejo o control físico de un vehículo.
  3. Defectos de tipo anatómico o funcional que imposibiliten la conducción.
  4. Insuficiencia respiratoria que haga requerir oxígeno de forma habitual.
  5. Insuficiencia cardiaca permanente grados III y IV.
  6. Angina inestable, de reposo o a esfuerzos mínimos.
  7. Hipertensión arterial mayor de 180 mmHg (sistólica) o mayor de 110 mmHg (diastólica), medida después de 5 minutos de reposo.
  8. Cardiopatías congénitas que condicionan insuficiencia cardíaca con capacidad funcional III o IV, hipertensión pulmonar o arritmias que puedan producir compromiso de conciencia.
  9. Alzheimer u otras demencias moderadas o severas.
  10. Cáncer, con performance status mayor o igual a 2.
  11. Diplopía no corregida.
  12. Toxicómanos a drogas y/o alcohol sin tratamiento o sin autorización del médico.
  13. Estar bajo sustancias que produzcan uno o varios de estos efectos: alteraciones en el nivel de conciencia, en la percepción, en la habilidad motriz, en la estabilidad emocional y en el juicio.

Ahora, en el caso de las licencias clase A1, A2, A3, A4 y A5, y no profesional clase C, se agregan las siguientes condiciones:

  1. Arritmias ventriculares o síncope cardioinhibitorio.
  2. Pacientes portadores de un desfibrilador cardíaco implantado.
  3. Diabetes mellitus tipo I.
  4. Alzheimer u otra demencia de cualquier severidad.
  5. Trastornos neuromusculares como esclerosis múltiple, parkinson y distrofia muscular progresiva.
  6. Paresia de extremidad superior y/o inferior, o disfunción permanente del sistema musculoesquelético cuya gravedad impida la conducción.
  7. Amputaciones o ausencia congénita de una extremidad que limiten en forma permanente la prensión gruesa o la ejecución segura de maniobras de conducción.
  8. Anquilosis o movilidad dolorosa que limiten el rango de movimiento de tronco, cabeza, o extremidades.
  9. Traumatismo Encéfalo-Craneano (TEC) secuelado con alteraciones funcionales crónicas.
  10. Diplopía con o sin correción.

Exámenes sensométricos y sicométricos

A su vez, como ya sabrás, están los exámenes sensométricos (físicos) y sicométricos (psíquicos) que se deben aprobar, de los cuales algunos aspectos son considerados graves y no graves. Cuando no son graves, pueden darte la licencia de conducir igual pero con restricciones, como veremos más adelante. A continuación, te dejamos los exámenes y las normas de aprobación de cada uno.

Licencia clase B

Examen sensométricoNorma de aprobación
Agudeza visual0.6 o más binocular, con ambos ojos a la vez. Y si solo tienes visión en un ojo, este debe poseer una agudeza visual de al menos 0.7. Se acepta la agudeza visual corregida.
PerimetríaCampo visual igual o superior a 120 grados en el plano horizontal en medición binocular, o con el mejor o único ojo en visión monocular.
Visión de profundidad3 aciertos o más en 5 pruebas de instrumento, o 60% de aciertos en las figuras de la lámina de estereopsis.
Visión nocturnaCapacidad para distinguir figuras con valores de 35 o menos candelas (cd) de iluminación, en escala de 0 a 100 cd.
EncandilamientoCapacidad para distinguir figuras con valores de 45 o menos candelas (cd) de iluminación, en escala de 0 a 100 cd.
Recuperación al encandilamientoMáximo 5 segundos para recuperarse.
Visión de coloresReconocer permanentemente los colores rojo, verde y amarillo.
AudiometríaMínimo un promedio de 80 decibeles o menos, en las frecuencias de 500, 1.000 y 2.000 ciclos por segundo. De no aprobar esta norma, se considera como deficiencia no grave.

Licencia profesional clase A1, A2, A3, A4 y A5; licencia no profesional clase C y especial clase F

Examen sensométricoNorma de aprobación
Agudeza visualVisión en ambos ojos 0.8 o más con la mejor corrección.
PerimetríaCampo visual igual o superior a 70 grados para cada ojo en posición de mirada derecha al frente.
Visión de profundidad4 aciertos en 5 pruebas al profundidad visualizar objetos, o bien 4 aciertos en 5 pruebas al alinear los objetos en el mismo plano horizontal, o un 80% de aciertos en las figuras de la lámina de estereopsis.
Visión nocturnaCapacidad para distinguir figuras con valores de 35 o menos candelas (cd) de iluminación, en escala de 0 a 100 cd.
EncandilamientoCapacidad para distinguir figuras con valores de 45 o menos candelas (cd) de iluminación, en escala de 0 a 100 cd.
Recuperación al encandilamientoMáximo 5 segundos para recuperarse.
Visión de coloresReconocer permanentemente los colores rojo, verde y amarillo.
AudiometríaA1, A2 y A3: Mínimo un promedio de 40 decibeles (db). A4, A5, C y F: Audición mínima un promedio de 80 db.

Licencias clase D y E

Examen sensométricoNorma de aprobación
Examen sensométrico0.5 o más binocular, con ambos ojos a la vez. Si se tiene visión en un solo ojo, se debe poseer una agudeza visual de al menos 0.6. Se acepta la agudeza visual corregida.
AudiometríaUna audición mínima, que permita al postulante relacionarse con el médico examinador.

Examen psicométrico

Examen sicométricoNorma de aprobación
Tipos de reacción0.43 segundos o menos, como promedio, en un mínimo de 10 estímulos (reactímetro simple); o 6.20 segundos o menos como tiempo acumulado en 15 estímulos (reactímetro compuesto).
Coordinación motrizTest punteado electrónico: 76 aciertos, como mínimo, en un ciclo de 100 puntos. Test punteado electromecánico: No inferior a 24 puntos positivos, 23 errores y un tiempo de permanencia positivo de 4 segundos, a 30 revoluciones por minuto durante 30 segundos. Test de manivela y palanca: Igual o menos de 161 errores y 28 segundos de duración de los errores en un tiempo igual a 4.5 minutos como máximo. Test de palanca: Igual o menos de 12 errores y 5 segundos de duración de los errores, en 60 segundos de duración del examen.

Conocimientos prácticos y teóricos

Los conocimientos prácticos y teóricos de quien solicite una licencia de conducir se acreditan por medio de un certificado expedido por una Escuela de Conductores Profesionales reconocida oficialmente, en el caso de la licencia profesional.

Y en el caso de las licencias no profesional y especial, los postulantes deben aprobar un examen teórico y uno práctico

Mira cómo aprobar el examen teórico para obtener la licencia de conducir.

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¿En qué casos me pueden dar la licencia con restricciones? 

Luego de todo lo que vimos, existen algunas excepciones en las que de no cumplir con alguno de estos requerimientos, conforme al Artículo 21 de la Ley de Tránsito, la licencia de conducir te puede ser otorgada de igual forma, pero con ciertas restricciones.

Restricciones por edad

Una de las restricciones en la licencia de conducir más comunes son las de quienes la obtienen con 17 años. 

Con 17 años, puedes obtener una licencia de conducir clase B, pero esta tiene como condición que siempre conduzcas acompañado, en el asiento de copiloto, de una persona que se encuentre capacitada para reemplazarte en la conducción y que cuente con una licencia de conducir durante mínimo 5 años.

Restricciones por salud

Como te contamos, para poder tener una licencia de conducir, debes aprobar un examen médico que revisa varios aspectos, considerando que con ciertas características una persona no se encuentra en condiciones de manejar un vehículo.

Otra de las restricciones en la licencia de conducir más comunes es la que se aplica por los problemas de visión. Cuando hay problemas de vista que se pueden solucionar con el uso de lentes, la licencia incluye, al reverso, la restricción de que debe usar lentes, ya sean ópticos o de contacto.

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Así también, existen otras restricciones para los problemas de visión que puede tener una persona, como las siguientes:

  • Solo conducción en zonas urbanas.
  • Solo conducción diurna.
  • Vía rural bidireccional solo conducción diurna.
  • Solo conducción en ciertas comunas y horarios.

Otra restricción común es la que indica que la persona, para poder conducir, “debe usar audífonos”.

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Restricciones en la licencia de conducir Clase D 

Este tipo de licencia de conducir que permite le manejo de maquinarias agrícolas, industriales o de construcción, puede tener restricciones que indiquen qué tipo de maquinaria puede conducir, como por ejemplo, “solamente se permite el manejo de maquinaria agrícola”, o “solamente manejo de grúa”.

Finalmente, mientras no se trate de aspectos que no se consideren graves, ni que imposibiliten tu capacidad de conducir, las autoridades pueden determinar el entregarte una licencia de conducir con restricciones, las que estarás obligado a respetar. 

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