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Restricción vehicular 2024: Calendario, horarios y multas

Conoce el calendario de la Restricción Vehicular 2024, sus horarios, multas y vehículos exentos de esta medida en la Región Metropolitana durante julio.

Días, horarios y zonas donde aplica la Restricción Vehicular 2024

En este artículo te contaremos sobre los días y horarios en que no podrás circular, de acuerdo con el calendario de la Restricción Vehicular en 2024.

¿Qué es la restricción vehicular en la Región Metropolitana?

La restricción vehicular es una medida a través de la cual se limita el tránsito de vehículos en la Región Metropolitana, con el objetivo de disminuir la contaminación ambiental y atenuar los episodios críticos que se desatan cada invierno.

 En 2024, la restricción vehicular rige en toda la Provincia de Santiago y en las comunas de Puente Alto y San Bernardo.  

Para aplicarla, se considera el último dígito de la placa patente del vehículo, el que queda establecido en un calendario que las autoridades fijan cada año, diferenciando entre catalíticos y no catalíticos.

¿En qué periodo rige la restricción vehicular?

La restricción se aplica entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2024, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 07:30 y 21:00 horas. 

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¿Qué vehículos tendrán restricción vehicular en 2024? 

  • Autos con sello verde, inscritos antes del 1 de septiembre de 2011.
  • Motos inscritas antes del 1 de septiembre del año 2010.
  • Autos sin convertidor catalítico, o sea, sin sello verde.
  • En caso de que se decrete Preemergencia Ambiental, habrá restricción para los 2 dígitos ya establecidos y se suman los vehículos de carga, incluidas las camionetas, independiente de su año de fabricación. Revisa el calendario del Ministerio de Transportes para casos de preemergencia
  • En caso de Emergencia Ambiental, se suman dos dígitos aleatorios para los vehículos catalíticos, además de la restricción permanente. Los vehículos no catalíticos no pueden ingresar al anillo de Américo Vespucio. Asimismo, cuatro dígitos tendrán prohibición de circular en la Provincia de Santiago y en las comunas de San Bernardo y Puente Alto. Revisa el documento del Ministerio donde detalla el calendario en caso de emergencia.

¿Cuál es el calendario de la Restricción Vehicular 2024?

El calendario de la Restricción Vehicular 2024 se sustenta la Resolución Exenta N° 1.751 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicada en el Diario Oficial el martes 30 de abril. 

A continuación, te iremos detallando el calendario, según tipo de vehículo, con su respectiva zona y horarios de restricción.

Restricción vehicular 2024 para autos con sello verde

Automóviles, station wagons y similares con sello verde, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2011, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, de acuerdo con su último dígito de placa patente. 

DíaÚltimo dígito de la patente con restricción
Lunes4 y 5
Martes6 y 7
Miércoles8 y 9
Jueves0 y 1
Viernes2 y 3

Restricción vehicular autos con sello verde

Restricción para autos no catalíticos (sin sello verde) fuera del anillo de Américo Vespucio

Automóviles, station wagons y similares, sin sello verde, motocicletas y similares de años anteriores al año 2002; fuera del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, pero dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, la restricción rige de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, de acuerdo con su último dígito de placa patente, en función del siguiente calendario:

DíaÚltimo dígito de la patente con restricción
Lunes8,9,0,1
Martes2,3,4,5
Miércoles6,7,8,9
Jueves0,1,2,3
Viernes4,5,6,7

Restricción para autos no catalíticos dentro del anillo de Américo Vespucio

En este caso, de acuerdo con la Resolución Exenta  N°1.751 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, los autos no catalíticos tienen prohibida la circulación dentro del anillo de Américo Vespucio durante los días y horarios que rige la Restricción Vehicular.

"Automóviles, station wagons y similares, sin sello verde, cualquiera sea su último dígito de su placa patente y motocicletas y similares de años anteriores al 2002; de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio".

Restricción autos sin sello verde

Restricción para motos y similares inscritos antes del 1 de septiembre de 2010

DíaÚltimo dígito de la patente con restricción
Lunes4 y 5
Martes6 y 7
Miércoles8 y 9
Jueves0 y 1
Viernes2 y 3

Esto aplica para motocicletas y similares, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2010; de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, según su último dígito de placa patente.

Restricción vehicular motos

Restricción para buses y vehículos de transporte de carga no catalíticos 

DíaÚltimo dígito de la patente con restricción
Lunes8,9,0,1
Martes2,3,4,5
Miércoles6,7,8,9
Jueves0,1,2,3
Viernes4,5,6,7

Zonas y horario de restricción para buses

Buses de transporte privado remunerado de pasajeros, buses interurbanos y rurales sin sello verde, dentro de la provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 10:00 y las 16:00 horas, según su último dígito de la patente.

Restricción vehicular buses

Zonas y horario de restricción para vehículos de carga

Vehículos de transporte de carga sin sello verde, en el área interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 10:00 y las 18:00 horas, según su último dígito de la patente.

Restricción vehicular vehículos de carga

¿Qué vehículos están exentos de la restricción vehicular?

Los siguientes vehículos quedan liberados de la restricción vehicular en la Región Metropolitana:

  • Vehículos eléctricos.
  • Vehículos híbridos.
  • Vehículos a gas que cumplan con el D.S. N.º 55/98, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y que tengan revisión técnica autorizando su circulación con este combustible.
  • Furgones escolares.
  • Vehículos importados por personas con discapacidad.
  • Vehículos importados por personas jurídicas sin fines de lucro.
  • Vehículos de uso particular destinados al transporte de personas que padezcan enfermedades que deban concurrir frecuentemente a centros de salud a sus controles y tratamientos. Esto debe acreditarse en la certificación del médico tratante o del centro de salud correspondiente.
  • Vehículos de uso particular que sirvan de único medio de transporte para una persona con discapacidad. Esto debe acreditarse con la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Vehículos de empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud, las que deben solicitar los permisos correspondientes. Entre ellos se cuentan vehículos destinados al transporte de personas enfermas o con discapacidad y vehículos destinados a prestar servicios de asistencia, consulta o rescate médico.
  • Vehículos que presten servicio para la Comisión Chilena de Energía Nuclear abasteciendo de material radioactivo a hospitales y clínicas.
  • Coches mortuorios.
  • Vehículos que presten servicios de transporte público remunerado de pasajeros, excepto buses rurales e interurbanos, sin sello verde. 
  • Vehículos destinados a la recolección de basura.
  • Vehículos de canales de televisión, los que deben estar equipados con antenas transmisoras para realizar contactos en directo.
  • Vehículos de uso particular de prestador individual de salud y que se desempeñe en establecimientos públicos o privados que cuenten con servicios de hospitalización y/o atención de urgencias. Para ello, estos establecimientos deben hacer una certificación especial para el prestador correspondiente.
  •  Vehículos que cuenten con permiso para circular como parte de proyectos experimentales aprobados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
  •  Vehículos de uso particular que deban destinarse al transporte de personas que tengan algún trastorno del espectro autista (TEA), según la Ley 21.545 y que no les resulte adecuado para su salud utilizar medios de transporte público de pasajeros. Si la condición TEA no cuenta con una calificación y certificación de discapacidad de conformidad con la ley 20.422, se deberá acreditar mediante un certificado emitido por un médico habilitado, en el que conste el diagnóstico respectivo y la mención expresa de que el uso de medios de transporte público de pasajeros no resulta adecuado para la condición de salud de la persona.

 Para poder circular sin problemas, deben solicitar un permiso en el sitio web del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o a través del correo electrónico ofiparteseremitrm@mtt.gob.cl.

En caso de tener que acudir presencial, deberás dirigirte a la Secretaría Regional, ubicada en Amunátegui N° 123, Santiago, primer piso, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 9:00 y las 13:00 horas.

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¿Tengo restricción si ingreso a Santiago desde otra región?

De acuerdo con lo establecido en la resolución mencionada, los vehículos que ingresen a la Provincia de Santiago y comuna de San Bernardo y Puente Alto, utilizando las vías que conforman las rutas o ejes que se indican a continuación, estarán exentos de esta medida, siempre que acrediten que van ingresando a la ciudad.

Norte – Sur (ambos sentidos)

1.- Av. Presidente Eduardo Frei Montalva – Manuel Rodríguez – Viel – JJ. Prieto - Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central).

2.- Av. Presidente Eduardo Frei Montalva – Av. Apóstol Santiago - Joaquín Walker Martínez – Coronel Robles –Av. Padre Hurtado- Av. General Velásquez - Av. Cerrillos - Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central).

Sur – Norte (ambos sentidos)

1.- Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez - JJ Prieto – Viel - Manuel Rodríguez - Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central).

2.- Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez - Av. General Velásquez - Coronel Robles – Av. Padre Hurtado - Joaquín Walker Martínez - Av. Apóstol Santiago - Av. Presidente Eduardo Frei (Autopista Central).

 Norte – Costa (Ruta 68)

Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) – Ruta 68.

Norte – Costa (Autopista del Sol)

Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) – Autopista del Sol.

Sur – Costa (Ruta 68)

1.- Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) – Av. General Velásquez - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) - Ruta 68.

2. Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) – JJ Prieto – Viel - Manuel Rodríguez - Costanera Norte - Ruta 68.

Sur – Costa (Autopista del Sol)

Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) – Av. General Velásquez - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) – Autopista del Sol.

Sur – Costa Ruta 78 (Acceso Sur a Santiago)

Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Autopista Central) – Autopista Acceso Sur a Santiago – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) – Autopista del Sol.

Nor-Oriente (Acceso Nor-Oriente a Santiago)

Acceso Nor-Oriente – Enlace Centenario (sector Puente Centenario)- Costanera Norte- Autopista Los Libertadores - Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte).

Sur Norte (Acceso Sur a Santiago)

Ruta 5 sur - Acceso Sur – Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex Serena) – Av. Circunvalación Américo Vespucio.

¿Cuál es la multa por no respetar la restricción vehicular y quién la puede aplicar?

 La multa por circular teniendo restricción vehicular puede ir de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $65.967 y $98.951, de acuerdo con el valor de la UTM en julio de 2024.

Para el proceso de fiscalización, la Ley de Tránsito faculta a Carabineros, inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones e inspectores municipales. Todos ellos están autorizados para cursar infracciones.

Estas fiscalizaciones se realizarán de forma presencial y mediante las cámaras que están distribuidas en las principales calles de la Región Metropolitana. 

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¿Hay restricción vehicular en septiembre de 2024?

No. De acuerdo con la resolución publicada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la prohibición de circulación en la Región Metropolitana sólo aplicará entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2024.

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