Ser sorprendido cometiendo alguna infracción a la Ley de Tránsito, conlleva una multa o parte que puede ser cursado por Carabineros o un inspector fiscal y sus valores, dependiendo de su nivel de gravedad, pueden ir de 0,2 a 3 UTM. ($12.933 a $193.998, según la UTM de enero de 2024).
Ya sea por descuido o desconocimiento, nadie está libre de ser sancionado. La buena noticia es que, según lo dispuesto en el artículo 22 de Ley N°18.287, que establece procedimientos ante los Juzgados De Policía Local, existe la posibilidad de acceder a una rebaja del 25% del valor de la multa si se paga dentro de los primeros 5 días, desde el momento en que la infracción fue notificada.
"Las multas aplicadas por los Tribunales a que se refiere esta ley, deberán ser enteradas en la Tesorería Municipal respectiva dentro del plazo de cinco días".
"Se entenderá que el denunciado las acepta, poniéndose término a la causa, por el solo hecho de que proceda a pagar la multa respectiva, dentro de quinto día de efectuada la denuncia, presentando la copia de la citación, en la que se consignará la infracción cometida. En este caso, tendrá derecho a que se le reduzca en un 25% el valor de la multa, que se deducirá de la cantidad a pagar".
Revisa las multas de tránsito, deudas y multas TAG, y todos los antecedentes legales y mecánicos de un auto usado.
La Ley no lo explicita, por lo que el conteo de los días quedará sujeto al horario de atención de la Tesorería Municipal de la comuna en la que fue cursada tu infracción.
Por ejemplo, si la Tesorería Municipal atiende de lunes a viernes, se considerarán esos 5 días hábiles para contar el plazo. Pero, si trabaja también el sábado, ese día también será considerado para el recuento de tus 5 días de plazo. Por lo que, si te fraccionaron un lunes, solo tendrás plazo hasta el sábado para pagar tu multa con descuento. Si vas el lunes siguiente, ya no podrás acceder a la rebaja.
Es recomendable, entonces, que cuando te cursen un parte, revises de inmediato el horario y días de atención de la municipalidad en la que fuiste multado.
Sí, se debe estar en la siguiente situación:
En el caso de los partes por faltas gravísimas, éstos deben ser pagados en el juzgado respectivo en la fecha de citación.
La ley indica que el pago deberá hacerse en la Tesorería Municipal correspondiente a la comuna en la que se haya cometido la infracción o en la entidad recaudadora que tenga convenio con esa municipalidad, quienes posteriormente harán llegar al tribunal el comprobante de pago.
Para realizar este trámite se debe presentar la copia de la citación, en la que se consigna la infracción cometida.
Una vez pagada la deuda, el Juzgado de Policía Local o la unidad de Carabineros que haya retenido la licencia de conducir, la devolverá al conductor contra entrega del comprobante de pago respectivo.
Si no se acudió dentro de los primeros 5 días a la Tesorería Municipal, la multa deberá pagarse directamente en el Juzgado De Policía Local respectivo, sin descuento y en la fecha específica que indica la citación.
En el caso de las infracciones por circular sin TAG, el descuento al que se puede optar es de un 30%, pagando la multa dentro de 5 días desde la emisión de la citación.
Revisa las multas de tránsito, deudas y multas TAG, y todos los antecedentes legales y mecánicos de un auto usado.