Las luces del auto son uno de los elementos fundamentales para poder circular de manera segura. Su función es iluminar la pista tanto para el conductor como para los otros conductores y transeúntes. De esta manera, todos pueden ver el entorno y mantener las debidas precauciones.
Algunas luces tienen más alcance y potencia que otras, de acuerdo con su función. Están las luces altas, las bajas, las de estacionamiento y los neblineros. También, se encuentran las luces señalizadoras: intermitentes, de retroceso, de freno o de emergencia.
Si no respetas las normas del uso de las luces, existen multas graves y menos graves que puedes arriesgar.
A contar del miércoles 17 de julio de 2024, tal como publicó el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, MTT, “está prohibido adosar elementos lumínicos que estén fuera de la norma a los vehículos”.
En este artículo, te detallamos los alcances de la Ley 21.601 y las modificaciones sobre el uso de luces LED, neblineros y luces de viraje.
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Las luces LED en autos, así como las xenón o las láser, son una de las tecnologías de iluminación que han creado los fabricantes de vehículos con el fin de hacerlos más eficientes. Al tratarse de los sistemas de iluminación de los coches, las normas son muy estrictas en cuanto a estas luces, por lo que deben cumplir con ciertos reglamentos para no generar riesgos.
Estas luces representan una tecnología con múltiples ventajas respecto a los otros sistemas. La vida útil es superior (entre 20 mil y 25 mil horas), ofrecen un menor consumo energético y permiten a los desarrolladores implementar sistemas innovadores de iluminación. Las luces LED en autos ofrecen una luz blanca, algo que muchos usuarios prefieren.
Además, la iluminación LED permite a los fabricantes de coches ajustar con más precisión la luminosidad de sus faros. Estos avances en los sistemas de iluminación permiten ajustar mejor la luz del faro a la situación de la carretera.
El Artículo 71 de la Ley de Tránsito indica lo siguiente:
"Se prohíbe el uso, adosamiento o la conducción con luces o focos distintos o adicionales a los permitidos por la ley o sus reglamentos. Sólo los vehículos de emergencia y los demás que determine el reglamento que se dicte podrán o deberán estar provistos de dispositivos luminosos, fijos o giratorios, y su uso se sujetará a lo que el reglamento respectivo determine".
Asimismo, en el Ministerio de Transportes indicaron que esta medida se extiende a aquellas luces que dificultan la visualización de las placas patente, así como el adosamiento de luces al tapabarro y las ruedas del vehículo.
Aquí, algunos ejemplos de lo que NO debes hacer:
En el numeral 3 del artículo 201 de la Ley de Tránsito se establece que está prohibido “conducir un vehículo usando indebidamente las luces, con luces o focos distintos o adicionales a los permitidos en esta ley o sus reglamentos”. Esto, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 15 del artículo 200, donde se sanciona a quienes manejen con las luces apagadas.
La multa por instalar focos LED va entre 0,5 y 1 UTM (entre $32.951 y $65.901), acorde al valor de la UTM de agosto de 2024).
Por otro lado, el uso de estos elementos será un motivo de rechazo en la revisión técnica.
El tuning consiste en personalizar el auto con distintas partes y piezas, alterando el modelo original, una especie de decoración para el vehículo. Esta actividad puede, incluso, llegar a aumentar el precio de los vehículos. Sin embargo, existen ciertos elementos que pueden infringir la ley y generar multas.
Entre las modificaciones más destacadas se encuentran los vidrios polarizados, tubos de escape tuneados, luces LED y cambio de parachoques. Estos elementos estéticos arriesgan importantes multas, además de la posibilidad de no aprobar las revisiones técnicas del vehículo.
Las luces violetas, azules, verdes, y cualquier otro color diferente al blanco están prohibidas. Además, los focos tradicionales que vienen con el vehículo de fábrica se deben usar obligatoriamente.
Algunas modificaciones de luces son mayores a la potencia permitida y esto hace que la visión de los demás conductores se vea limitada, pudiendo producir graves accidentes. Por ello, la potencia de las luces debe estar ajustada a las normas de tránsito.
Recuerda que, de acuerdo con la Ley de Tránsito, cualquier luz que afecte la concentración o visualidad de los otros conductores puede ser fiscalizada, por lo que antes de circular con este tipo de instalación, asegúrate de que se trate de las luces de fábrica del auto, de lo contrario, serás multado.
El endurecimiento de esta medida se encuentra establecido en la Ley 21.601, que modifica la Ley de Tránsito para prevenir la venta de vehículos robados y que fue publicada el 11 de septiembre de 2023.
Con la modificación realizada en la Ley de Tránsito a través de la Ley 21.601, ya no podrás hacer modificaciones en las luces de tu auto, salvo aquellas luces puntuales que la normativa autoriza.
Solamente los vehículos de emergencia y aquellos destinados al apoyo a la normalización de la circulación vial en caminos públicos, podrán contar con dispositivos luminosos, siempre que cumplan con los requerimientos establecidos por la Ley.
Recientemente, se hizo una modificación al decreto supremo N.º 22, de 2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, donde se autoriza la instalación de neblineros y luces destellantes de viraje delanteras.
“Con todo, los vehículos motorizados de cuatro o más ruedas, podrán estar provistos en su parte delantera de dos luces antiniebla de color blanco o amarillo y en su parte trasera con una o dos luces antiniebla de color rojo; las que sólo deberán llevarse encendidas, cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables para la visión, tales como, niebla espesa, lluvia intensa o fuerte nevada".
Pero no será llegar y sumarlas al auto, ya que el reglamento entrega las siguientes condiciones:
"Optativamente, podrán estar provistos de dos luces destellantes de viraje delanteras, de color amarillo, ubicadas de forma simétrica respecto al plano longitudinal medio del vehículo, con una distancia mínima de 240 mm entre las superficies iluminantes y a una altura sobre el suelo comprendida entre 350 mm y 1.200 mm. Estas luces podrán moverse con el ángulo de giro de la dirección."
Por lo tanto, si deseas tunear tu vehículo o hacer cualquier modificación, es importante que primero revises lo que está permitido por la Ley. Por otro lado, recuerda revisar tus luces periódicamente para que estén en buen estado, de lo contrario, aparte de arriesgar multas y accidentes, no aprobarás la revisión técnica.
Si necesitas saber si un vehículo usado tiene multas sin pagar o la revisión técnica sin aprobar, conoce todos sus antecedentes con el Informe Autofact