Es en la Ley de Tránsito donde se establecen todas las infracciones de tránsito en Chile, y esto aplica para todos los agentes del tránsito: conductores, peatones, ciclistas, motociclistas, carabineros, etc.
Estas infracciones de tránsito conllevan a sanciones y multas que son establecidas de acuerdo con su calificación, las que pueden ser:
De esta forma, cada una de las calificaciones de infracciones de tránsito tiene su propio valor y otras sanciones específicas cuando corresponde. Estas sanciones pueden ser impartidas a los conductores por Carabineros de Chile o los Inspectores Fiscales y Municipales, quienes tienen como tarea el asegurarse de que se cumpla con las normas de tránsito.
A continuación, te explicamos cuáles son las faltas graves de tránsito en Chile y cuál es el valor de este tipo de multas.
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De acuerdo con el Artículo 200 de la Ley de tránsito, son faltas graves de tránsito en Chile las siguientes:
1. Conducir un vehículo en condiciones físicas o psíquicas deficientes.
2. Conducir un vehículo con una licencia de conducir distinta a la que corresponda.
3. Sobrepasar o adelantar en los siguientes casos:
4. Entregar el dueño un vehículo para que lo conduzca una persona que no cumpla con los requisitos para conducir.
5. Desobedecer las señales u órdenes de tránsito de las autoridades de tránsito en los procedimientos de fiscalización del transporte público y privado remunerado de pasajeros y transporte de carga.
6. No respetar las señales de tránsito. Esta infracción tiene dos excepciones, puesto que estas representan una falta gravísima.
Conoce cuáles son las señales de tránsito informativas, las reglamentarias y las de advertencia de peligro.
7. Conducir motocicletas, motonetas, bicimotos o bicicletas y tomarse de otros vehículos que se encuentren en movimiento en las vías públicas.
8. Conducir motocicletas, motonetas, bicimotos o bicicletas y no cumplir con transitar unos en pos de otros durante la noche o cuando la visibilidad lo haga necesario.
9. Conducir triciclos o carretones y no transitar siempre uno en pos de otro.
10. Circular a menos velocidad que la mínima fijada y no circular por la derecha cuando se conduzca a una velocidad inferior a la máxima.
11. Conducir un vehículo contra el sentido del tránsito.
12. Conducir por la izquierda del eje de la calzada en una vía que tenga tránsito en ambos sentidos, ocupando el todo o parte del ancho de dicha calzada.
13. No respetar el derecho preferente de paso de un peatón o de otro conductor.
14. Detenerse o estacionar en:
15. Virar sin respetar el paso preferente de los otros vehículos, peatones, o ciclos que circulen por la vía.
16. Virar desde segunda o tercera pista.
17. Conducir un vehículo con sus sistemas de dirección o de frenos en mal estado.
18. Conducir un vehículo sin luces encendidas:
De acuerdo con el reglamento de tránsito, las luces de los vehículos deben encenderse desde media hora después de la puesta de sol y hasta media hora antes de su salida, además de cada vez que las condiciones lo requieran.
Por otra parte, una motocicleta, bicimoto, motoneta y similares debe tener las luces encendidas de manera permanente.
19. Conducir las bicicletas sin elementos reflectantes.
20. Conducir un vehículo con uno o más neumáticos en mal estado.
21. No bajar la luz en carretera al enfrentar o acercarse por detrás a otro vehículo.
22. Conducir un vehículo sin revisión técnica de reglamento, de homologación o de emisión de contaminantes vigentes, o infringiendo las normas en cuanto a emisiones.
23. Mantener animales sueltos en la vía pública o cierros en mal estado que permitan su salida a ella.
24. No detener el vehículo antes de cruzar una línea férrea.
25. Realizar servicio público de pasajeros con un vehículo rechazado en las revisiones técnicas de reglamento.
26. Conducir un taxi sin taxímetro debiendo llevarlo, tenerlo sin el sello de la autoridad o acondicionado de modo que no marque la tarifa reglamentaria.
27. Proveer de combustible un vehículo de locomoción colectiva con pasajeros en su interior.
28. Conducir un vehículo sin tacógrafo u otro dispositivo que registre en el tiempo la velocidad y distancia recorrida, o con este en mal estado.
29. Conducir un vehículo sin permiso de circulación vigente.
30. Conducir un vehículo sin certificado de un seguro obligatorio de accidentes causados por vehículos motorizados vigente.
31. Mantener en circulación un vehículo destinado al servicio público de pasajeros, o al transporte de carga, en los siguientes casos:
32. Exceder los pesos máximos permitidos.
33. Que la carga exceda los pesos máximos que las características técnicas del vehículo permitan, y que no esté estibada y asegurada de manera que evite todo riesgo de caída.
34. Estacionarse en, usar u ocupar estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad, sin derecho a ello.
35. Detener o estacionar un vehículo en doble fila, respecto a otro vehículo detenido o estacionado junto a la cuneta.
36. Cruzar una vía férrea en lugar no autorizado.
37. Conducir sin cinturones de seguridad.
38. Conducir un vehículo de locomoción colectiva y:
39. Circular por la mitad izquierda de la calzada, salvo en los siguientes casos:
40. Transitar en un área urbana con restricciones por razones de contaminación ambiental, sin estar autorizado.
41. Usar cualquier tipo de elemento destinado a evadir la fiscalización.
42. Arrojar desde un vehículo cigarrillos u otros elementos encendidos que puedan provocar un siniestro o un accidente.
43. Usar los particulares, dispositivos especiales propios de vehículos de emergencia, es decir:
44. Detenerse, tratándose de medios de locomoción pública, en la intersección de calles, a dejar o tomar pasajeros en segunda fila o en paraderos no autorizados.
45. Toda infracción declarada por el juez como causa principal de un accidente de tránsito que origine daño o lesiones leves.
46. Usar los servicios de transporte público remunerado de pasajeros sin pagar la tarifa correspondiente.
47. No detener un vehículo de transporte público en el paradero más próximo cuando un pasajero lo requiera, o cuando haya personas que deseen subir.
48. No realizar el transporte de concentrados minerales por medios herméticos y con los grados de humedad necesarios para evitar su volatilidad.
Si cometes una infracción grave de tránsito en Chile, la multa tiene un valor de 1 a 1,5 UTM (entre $64.793 a $97.190, de acuerdo con el valor de la UTM de marzo de 2024).
Además, por cometer infracciones de tránsito graves o gravísimas, los conductores pasan a formar parte del registro de sentencias ejecutoriadas de condenas en el Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados. Estas anotaciones por infracciones graves podrán eliminarse luego de dos años.
Así también, tu licencia de conducir puede ser suspendida por acumulación de infracciones graves y gravísimas en el periodo de 12 meses.
Sí, es posible acceder a descuentos en tus multas por faltas graves de tránsito en Chile. Las únicas multas a las que no se puede acceder a descuentos es en las que las infracciones fueron faltas gravísimas.
De acuerdo con el Artículo 22 de la Ley N.º 18.287 sobre los procedimientos ante los Juzgados de Policía Local, para poder acceder a rebajas en tus multas de tránsito en Chile, debes cumplir con los siguientes requisitos:
Si cumples con estos requisitos, obtendrás un 25% de descuento en el pago de tu multa de tránsito.
Para pagar tus multas de tránsito en Chile, dependerá de la localidad donde te fue cursada, ya que algunas comunas tienen habilitados pagos en línea y otras no. De todas formas, sea en línea o presencial, debes acudir a las tesorerías municipales o a los Juzgados de Policía Local.
Sí, en Chile es posible apelar las multas de tránsito, sea cual sea la calificación de la infracción. Sin embargo, una cosa es apelar y otra que tu apelación sea aceptada.
Para apelar una multa de tránsito en Chile debes acudir ante el Juez de Policía Local y detallar las causas de tu apelación. El Juez es quien decidirá si acepta tu apelación o no.
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