Entre todas las infracciones de tránsito, no pagar el TAG es una de las más complejas, pues, aparte de la deuda y recargos que asumes con las autopistas, incurres en multas de tránsito que pueden resultar muy caras.
Por ello, el 30 de marzo de 2023 se publicó la Ley 21.547, que modifica la Ley 12.287 sobre procedimientos en los Juzgados de Policía Local, permitiendo rebajar en un 80% las multas de tránsito generadas por no pagar el TAG.
Cuando circulas por autopistas concesionadas sin pagar el TAG, estás cometiendo una infracción a la Ley de Tránsito y otra a la Ley de Concesiones.
Por un lado, infringes el artículo 114 de la Ley de Tránsito, que te sanciona con 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM) por cada día que circules sin TAG y no pagues a tiempo las respectivas pasadas por los pórticos de telepeajes. (1 UTM equivale a $66.628 en noviembre de 2024).
Por otra parte, infringes el artículo 42 de la Ley de Concesiones, el cual indica que quien “no cumpla con el pago de su tarifa o peaje, el concesionario podrá cobrarlo judicialmente, reajustado según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), más los intereses máximos convencionales y las costas”. En este punto, si transgredes la Ley por primera vez, te pueden cobrar hasta 5 veces el monto de lo condenado; y, si eres reincidente, el valor total puede crecer hasta en 15 veces.
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La Ley entrega la posibilidad de pagar el monto menor entre el 20% de tus multas TAG o 100 UTM*
Este beneficio será válido en los siguientes casos:
*Para que tengas una idea, en noviembre de 2024, 100 UTM corresponden a $6.662.800.
Debes tener presente que puedes acceder a esta rebaja en las multas TAG en los siguientes casos:
El beneficio rige para las multas asociadas a una misma patente en el Registro de Multas de Tránsito no Pagadas que se hayan originado por no pagar el TAG.
Para acceder a la rebaja, no debes tener deudas TAG con ninguna de las concesionarias de obras viales.
Esto se corroborará a través del sitio electrónico único que se creará con esta Ley.
En el artículo 43 bis de la Ley 18.287, que establece los procedimientos ante los Juzgados de Policía Local, indica que “únicamente se considerarán aquellos cobros impagos dentro de un plazo igual o inferior a cinco años. El cómputo de dicho término considerará el período comprendido entre la fecha de vencimiento o pago, contenida en las boletas o facturas emitidas por primera vez por las sociedades concesionarias, y la fecha de la solicitud de rebaja”.
Si cometes infracciones TAG y no pagas la multa dentro de los plazos normales con sus respectivos descuentos, serás citado ante el tribunal. Es importante que te acojas al beneficio y saldes tu deuda antes de que el juez determine la sentencia.
A continuación, te detallaremos el proceso de una multa TAG para que revises tus oportunidades para regularizar la situación si no has pagado infracciones morosas.
El artículo 43 bis, de la Ley 18.287, que establece los procedimientos ante los Juzgados de Policía Local, indica que las multas TAG por infringir el artículo 114 de la Ley de Tránsito se comunican de la siguiente forma:
Cuando se detecta la infracción, se envía una constancia de la falta por medio de archivos digitales al director de la Unidad de Administración y Finanzas o equivalente, de la municipalidad respectiva, para que sea comunicada al infractor y su previo cobro en sede administrativa.
El municipio comunicará la constancia al dueño del vehículo, a través de carta certificada con su firma electrónica, la que será enviada al domicilio anotado en el Registro de Vehículos Motorizados.
En el documento, se indicará el destinatario y el número de su cédula de identidad; la infracción que se le imputa y el lugar, día y hora en que se habría cometido; la placa patente y clase del vehículo involucrado; la multa por dicha infracción, y la posibilidad de concurrir a la Tesorería Municipal respectiva a pagar la multa correspondiente.
En el mismo documento del punto anterior, el municipio debe indicar las alternativas de descuento para pagar la multa TAG, que son las siguientes:
Si el infractor paga oportunamente la multa, accede a los descuentos correspondientes y esta infracción no llega a tribunales.
Si el infractor hace caso omiso de la notificación y no paga la multa, el Director de la Unidad de Administración y Finanzas, denunciará la infracción al tribunal competente, acompañando todos los antecedentes que tenga en su poder.
Cuando la denuncia es recibida por el tribunal competente, este citará al infractor. Debes tener presente que, para efectos legales, la cita se da por concretada cuando la respectiva carta certificada es dejada en un lugar visible del domicilio del infractor.
Hasta antes de la notificación de la sentencia, el infractor podrá poner término al proceso a través del pago de la multa correspondiente, con una rebaja del 80%, si no está en mora con ninguna de las sociedades concesionarias de obras viales al día en que presenta su solicitud.
Para esto, “únicamente se considerarán aquellos cobros impagos dentro de un plazo igual o inferior a cinco años. El cómputo de dicho término considerará el período comprendido entre la fecha de vencimiento o pago, contenida en las boletas o facturas emitidas por primera vez por las sociedades concesionarias, y la fecha de la solicitud de rebaja”.
Para acceder al beneficio, el dueño del auto deberá suscribir un Convenio de Pago de Multa TAG con la municipalidad.
En este convenio, aparte del pago del 20% de las multas TAG, también debe contemplar el pago de los permisos de circulación de años anteriores y otras multas anotadas en el Registro de Multas de Tránsito No Pagadas.
Sí, podrás pactar el pago hasta en 48 cuotas mensuales, expresadas en UTM, sin intereses.
Debes pagar la primera cuota en el momento en que suscribas el convenio.
Una vez pagada la primera cuota, las multas serán eliminadas del Registro de Multas de Tránsito No Pagadas para permitir la renovación o pago atrasado del permiso de circulación.
Si no pagas dos o más cuotas acumuladas o te atrasas por más de treinta días corridos en el pago de la última cuota, el convenio de pago y la extinción de las multas quedarán sin efecto, por lo que las multas se volverán a inscribir en el Registro de Multas de Tránsito No Pagadas por el saldo que te haya quedado pendiente de pago.
En el caso de las multas que se generan por infringir el artículo 42 de la Ley de Concesiones, la normativa señala el siguiente proceso:
Si no pagas el TAG, el concesionario podrá cobrarlo judicialmente, reajustado según la variación del IPC, más los intereses máximos convencionales y las costas.
El cobro judicial quedará en manos del juez de policía local del territorio del domicilio del dueño del auto, anotado en el Registro de Vehículos Motorizados.
Cuando el juez condene al pago, además de la deuda, aplicará una multa de cinco veces el monto de lo condenado. En caso de reincidencia, esta multa aumentará a quince veces el monto de lo condenado, sin exceder las 20 UTM.
Si no pagas las multas, estas se anotarán en el Registro de Multas de Tránsito no pagadas y no podrás saldarlas si no acreditas haber pagado previamente el monto adeudado más los intereses y las costas determinados en la sentencia condenatoria respectiva.
"Con todo, el deudor podrá eximirse de la aplicación de las multas dispuestas en el inciso precedente, si paga el monto efectivamente adeudado más los intereses corrientes y las costas a la concesionaria, antes de que los autos queden para fallo", señala la Ley.
Aparte de establecer la rebaja del 80% en el monto de las multas TAG, esta Ley contempla la creación de un sitio web oficial único para el pago de tus cuentas de telepeaje de todas las autopistas concesionadas del país.
A través de este portal podrás pagar y revisar tus estados de pago como usuario de las autopistas, tengas o no algún contrato TAG o televía.
Este portal deberá estar operando luego de seis meses de haber sido publicado el reglamento de la Ley. El reglamento fue publicado el 23 de octubre de 2024, por lo que el sitio unificado de cobro de peajes debería estar funcionando a fines de abril de 2025.
Revisa cómo puedes pagar actualmente tu TAG por patente.
Según informa el Ministerio de Obras Públicas (MOP), este sitio web será desarrollado, implementado y mantenido por un tercero elegido mediante licitación.
Por su parte, según la Ley, cada concesionaria deberá aportar al costo del sitio proporcionalmente a su respectiva facturación, y las nuevas empresas concesionarias que dispongan de sistema electrónico de cobro también deberán integrarse a este sitio único.
Tal como te hemos contado en otros artículos, están las deudas TAG y las multas TAG, y no deben confundirse.
Las deudas TAG son aquellos montos que adeudas a cada autopista por la cantidad de pasadas por sus pórticos y sus respectivos recargos por mora.
Por otro lado, están las multas TAG, que son aquellas infracciones a la Ley de Tránsito y a la Ley de Concesiones por circular sin TAG o con tu dispositivo deshabilitado.
En este último punto es cuando se genera la relación entre la deuda y la multa TAG. Cuando tienes el TAG en tu auto, pero no pagas tu cuenta, se genera la deuda TAG, y si no te pones al día, la concesionaria deshabilita tu dispositivo, por lo que, si pasas por los pórticos con tu TAG desactivado, estás infringiendo la Ley y, por lo tanto, te haces acreedor de multas de tránsito.
Conoce las deudas y multas TAG de un vehículo, sus partes empadronados, multas por vías exclusivas, restricción vehicular y muchos otros datos legales y mecánicos.