Existen diversas razones por las que hoy en día muchas personas eligen movilizarse en bicicleta. El medio ambiente, el ahorro de dinero, llevar una vida más saludable, evitar la congestión vehicular, llegar más rápido, etc. Cualquiera sea el motivo, es un hecho que cada vez son más los ciclistas en el país.
De acuerdo con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), en 2021, Chile contaba con 1.866,06 kilómetros de ciclovías, distribuidos en 1.228 pistas. Y a nivel nacional, se realizaban aproximadamente 1.644.070 viajes diarios en bicicleta.
De esta forma, el mejoramiento de las calles y la mayor adaptación de la ciudad para bicicletas, ha hecho que cada vez más personas opten por movilizarse en bicicleta.
Si bien el país se habilita para el uso de bicicleta, existe otro problema, y es que la convivencia entre autos y bicicletas no es muy buena. Son muchos los conductores que no respetan a los ciclistas, y también muchos los ciclistas que no cumplen con las normas de tránsito.
De acuerdo con una noticia de Emol, publicada en enero de 2022, en dos años murieron 184 ciclistas y hubo más de 6 mil accidentes de tránsito que involucraron bicicletas. Aun cuando estas cifras han disminuido con los años, todavía es un tema que preocupa en el país.
Con estos antecedentes, fueron más de cien organizaciones sociales de ciclistas, peatones y familiares de víctimas de siniestros de tránsito las que impulsaron la Ley de Convivencia Vial.
En este contexto, se dictaron dos reglamentos que entraron en vigencia en 2021: la incorporación de 16 nuevas señales de tránsito al Manual de Señalización de Tránsito y un reglamento de ciclovías y elementos de seguridad de bicicletas.
Estas nuevas señales de tránsito para ciclistas comenzaron a regir desde el 10 de marzo de 2021, y significan un gran aporte para la convivencia vial y para que los ciclistas puedan transitar más seguros. Estas son algunas de las nuevas señales:
Desmonte de ciclista: Esta señal se utiliza en pasos de cebra, pasos peatonales semaforizados, u otras vías peatonales que no sea para ciclistas, e indica que debes bajarte de la bicicleta y circular como peatón cuando el flujo peatonal sea intenso.
Velocidad máxima: Estas señales se utilizan en las zonas de tránsito calmado, para restringir la velocidad máxima.
Preferencia ciclista para cambiar de pista: Estas señales indican al conductor de un vehículo motorizado que quiere cambiar de pista cruzando una ciclovía, que los conductores de ciclos que circulan por ella tienen preferencia, por lo que debe cederles el paso.
Preferencia ciclista al virar derecha/izquierda: Indican al conductor de un vehículo motorizado que quiere de virar pasando por una ciclovía, que los conductores de ciclos que circulan por ella tienen preferencia, por lo que debe cederles el paso.
Zona 30/Fin Zona 30: Informan que se está circulando por una vía o abandonando esta, que forma parte de una zona de tránsito calmado, en que la velocidad se ha limitado a 20, 30 o 40 km/h.
Ciclocalle: Esta señal se instala en ciclocalles, en las que la velocidad máxima permitida no debe exceder los 30 km/h.
Zona espera especial ciclos: Indican que, en un cruce semaforizado, los ciclistas pueden realizar partidas adelantadas.
Zona compartida peatones – ciclos: Esta señal indica que el espacio público es compartido por peatones y ciclistas.
Entre las normas de tránsito para bicicletas, se encuentra este nuevo reglamento, añadido también a la Ley de Tránsito, que establece las características que deben tener las ciclovías, cómo deben desarrollarse los proyectos de creación de estas, y cuáles son las obligaciones de los ciclistas o quienes usan las ciclovías.
De esta forma, los ciclistas, para circular por las vías y ciclovías, deben cumplir con las siguientes normas de tránsito para bicicletas:
Es importante destacar que estos elementos de seguridad no son exigibles cuando las características de la bicicleta impide su instalación.
Los infantes solo podrán ser transportados en dispositivos adicionales que cumplan con las siguientes características:
Asientos adicionales: Podrán instalarse atrás o adelante del conductor, pero en ningún caso sobre el manubrio. Y deberá contar con: apoyapiés que evite el contacto de las piernas del infante con las ruedas, respaldo que permita apoyar la espalda del infante cuando el asiento instalado esté atrás del conductor, arnés o algún sistema de retención equivalente.
Además, las nuevas normas de tránsito para bicicletas efectúan ciertas modificaciones en la Ley de Tránsito, quedando establecidas las siguientes reglas:
a) Para la circulación en zonas urbanas, las bicicletas deben transitar por las ciclovías. A falta de estas, deberás transitar por la pista derecha de la calzada, excepto cuando:
b) Las bicicletas pueden circular excepcionalmente por aceras, adecuando su velocidad a la de los peatones, y respetando en todo momento la preferencia de ellos, cuando no exista una ciclovía y solo en los siguientes casos:
Además, si la circulación por la ciclovía o la calzada se ve imposibilitada, podrás usar la acera, respetando siempre la prioridad del peatón y su velocidad. Si el flujo peatonal es muy alto, deberás bajar de la bicicleta.
c) Al pasar por un cruce peatonal, debes detenerse antes del mismo y atravesarlo a velocidad reducida, respetando la prioridad del peatón. Y si el flujo peatonal es muy alto, debes descender de tu bicicleta y cruzar caminando.
d) Los peatones deben cruzar las ciclovías por los lugares señalizados y no pueden permanecer ni caminar por ellas.
La Ley establece que los deberes de los ciclistas son los siguientes:
a) Conducir atento a las condiciones del tránsito, sin utilizar elementos que dificulten su visión y audición.
b) Conducir con al menos un sistema de frenos.
c) En caso de transportar menores de 7 años, el conductor debe ser mayor de edad.
d) En caso de utilizar un dispositivo de remolque para el transporte de personas, animales o mercancías, el conductor deberá ser mayor de edad.
La Ley establece que las bicicletas deben estacionarse, preferentemente, en los lugares habilitados para ello, dejando espacio para la libre circulación de los peatones.
Prohíbe estacionar por cualquier medio las bicicletas en zonas reservadas para carga y descarga en la calzada, estacionamientos para personas con discapacidad, estacionamientos prohibidos, en paradas de transporte público y en pasos de peatones.
Los estacionamientos de bicicletas son únicamente para este tipo de vehículo.
Además, también se encuentran los siguientes artículos, que ya estaban en la Ley de Tránsito, o que fueron modificados:
Averigua si el auto que quieres comprar tiene multas pendientes por no respetar la Ley de Tránsito.
Si no respetas las normas que te acabamos de detallar, estarás cometiendo una falta a la Ley de Tránsito, lo que significa que puedes ser multado.
Por cosas como no usar casco, o no respetar a los peatones, arriesgas multas de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, entre $12.958 y $32.396, de acuerdo con el valor de la UTM de marzo de 2024 ($64.793).
Como se trata de faltas calificadas como leves, el monto de tu multa puede ser rebajado si realizas el pago en los primeros días de obtener la infracción o apelando en tu citación con el Juez de Policía Local, entregando tus argumentos para bajar o eliminar la multa. Si no acudes a tu cita, serás considerado culpable.
Con estos cambios en las leyes y las vías para bicicletas, ya puedes circular cada vez más tranquilo si eres ciclista. Pero siempre tienes que estar atento y ser muy precavido, los accidentes entre bicicletas y autos son muy comunes, y muchas veces tienen resultados fatales.
Averigua si el auto que quieres comprar tiene multas pendientes por no respetar la Ley de Tránsito.